REQUISITOS ✒️
En Puebla se debe acudir 8 días hábiles antes de la boda para entregar la documentación a tiempo, debido a que los análisis clínicos y el certificado médico no deben de pasar de los 15 días de haber sido expedidos.
Los documentos que se requieren son:
1. Acta de presentación matrimonial que se deberá tramitar en el mismo juzgado 8 días previos a la fecha de la boda civil. Este documento contiene los datos generales de ambos miembros de la pareja, como nombres, apellidos, lugares y fechas de nacimiento, entre otros. También en ella consta que ninguno de los dos contrayentes tiene impedimento legal para casarse y que contraen matrimonio por voluntad propia. Debe estar firmada y tener sus huellas.
2. Acta de nacimiento con formato actualizado de ambos miembros de la pareja en original y copia.
3. Identificación oficial con fotografía en original y copia. Pueden presentar cualquiera de las siguientes: credencial para votar, pasaporte, licencia de conducir, cartilla militar o cédula profesional. En todos los casos el documento debe estar vigente.
4. Comprobante de domicilio de ambos en original y copia. Debe ser de los últimos tres meses.
5. Fotografía tamaño infantil de cada uno de los contrayentes en blanco y negro.
6. Dos testigos por cada contrayente con identificación oficial. Aprovechen el momento para entregarles un recuerdo de boda original para agradecerles su presencia.
7. Certificado médico en original y copia en el que un doctor titulado declare que no hay evidencia de alguna enfermedad contagiosa o hereditaria. El certificado médico debe tener una vigencia no mayor a 15 días.
8. Convenio de régimen patrimonial. En Puebla, el régimen patrimonial puede celebrarse bajo el régimen de separación de bienes o sociedad conyugal. Si al momento de contraer matrimonio los novios no especifican cuál desean, se asumirá que será el régimen de sociedad conyugal. No obstante, si cambian de idea, es posible modificar el régimen después de celebrar la boda.
Requisitos por circunstancias especiales
Hay casos particulares, como las segundas nupcias, que requieren una documentación específica. De manera que, otros detalles de su celebración tendrán que esperar para que puedan realizar cualquier trámite extra que necesiten para cumplir con todos los requisitos y contraer matrimonio civil en Puebla.
- Los contrayentes viudos tendrán que presentar el acta de defunción del cónyuge fallecido.
- Los contrayentes divorciados deben presentar el acta de divorcio de su unión anterior.
- Los contrayentes de nacionalidad extranjera deberán presentar su pasaporte vigente junto con su acta de nacimiento apostillada o legalizada, según sea el caso, así como traducida al idioma español.
- Para quienes celebraron su matrimonio civil en el extranjero y quieren inscribir su unión en el estado, es necesario entregar copia del acta de matrimonio celebrado en ese país, apostillada o legalizada y traducida, de ser necesario.
Impedimentos para el matrimonio
Las autoridades de Puebla consideran algunas situaciones como impedimento para celebrar una unión civil.
- No cumplir la mayoría de edad, ya que ambos contrayentes deben tener 18 años cumplidos.
- Guardar parentesco por consanguinidad o afinidad sin limitación de grado en línea directa (padres e hijos, abuelos y nietos, yernos o nueras y suegros…), en línea colateral igual entre hermanos y en línea colateral desigual entre tíos y sobrinos hasta de tercer grado.
- Algunas condiciones de salud como el alcoholismo crónico, impotencia física incurable, así como cualquier enfermedad contagiosa o hereditaria. Asimismo, el uso no terapéutico de enervantes, estupefacientes, psicotrópicos o cualquier sustancia que pudiera alterar la conducta.
FUENTE DE CONSULTA📜
Que bueno que pusiste los del Estado de Puebla. Excelente trabajo.
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